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Derechos de apelación

Colorado State Capitol Building and the City of Denver Colorado at Sunset.

Usted y su empleador tienen derecho a apelar si no están de acuerdo con una decisión (Aviso de determinación) sobre su solicitud por desempleo. Las apelaciones deben hacerse en un plazo de 20 días a partir de la fecha de envío de la carta de determinación. Si el vigésimo día calendario es sábado, domingo o un feriado legal, la fecha límite para apelar pasa a ser el siguiente día hábil.


Cómo hacer una apelación

Puede hacer su apelación a través de su cuenta en MyUI+. Haga clic en “Ver y actualizar información de la cuenta” y, a continuación, en “Asuntos y determinaciones” y busque la determinación que desea apelar. Le recomendamos que envíe su apelación a través de MyUI+, ya que será recibida y procesada más rápidamente.

Inicialmente, solo necesita dar una descripción detallada de las razones por las que no está de acuerdo con la decisión. Puede aportar documentos o registros adicionales (pruebas) antes de su audiencia.

  ¡IMPORTANTE!

Debe seguir solicitando el pago cada semana y seguir cumpliendo con todos los requisitos de elegibilidad incluso mientras espera a que se trámite su apelación.

Si no puede hacer su apelación a través de MyUI+, puede llenar el formulario que figura en el reverso del Aviso de determinación y enviarnos lo por correo o fax. Si necesita más espacio para indicar detalles específicos, adjunte páginas adicionales al formulario o cargue los documentos en nuestro sitio web. Si envía su apelación por fax, se utilizará la fecha del fax para determinar si su apelación se recibió a tiempo o no.

Puede apelar por


  Sitio web

Puede enviar su apelación en línea a través de MyUI+


  Correo postal

Unemployment Appeals Section 
PO BOX 8988, 
Denver, CO 80201-8988


  Fax

303-318-9014

Asegúrese de incluir el anverso y el reverso de la determinación en su fax.


Proceso de apelaciones

Una vez recibida su apelación, se le enviará por correo un Aviso de audiencia que también aparecerá en su cuenta de MyUI+ en la sección “Correspondencias”, con la fecha y hora de su audiencia de apelación. Se le pedirá que se registre para su audiencia a más tardar a las 2:00 p.m. del día anterior a la fecha programada. Si no se presenta a la audiencia, ésta será desestimada. Las instrucciones para ello se incluyen en el Aviso de audiencia. Debe participar en su audiencia para proteger sus derechos a los beneficios. Un funcionario imparcial se encarga de estas audiencias. El funcionario de la audiencia emitirá una decisión por escrito que estará disponible en su cuenta de MyUI+ en la sección “Correspondencias” y se les enviará por correo después de la audiencia a usted y a cualquier otra parte interesada, como su empleador.

Si no está de acuerdo con la decisión de un oficial de audiencias, puede apelarla ante la Oficina de Apelaciones de Reclamaciones Industriales. Para más información sobre las apelaciones, visite: CDLE.Colorado.gov/Unemployment/Appeals/The-Hearing.

Encontrará más información sobre este proceso, qué hacer antes de la audiencia y cómo registrarse para la misma, en: CDLE.Colorado.gov/Unemployment/Appeals.

Apelaciones tardías

Cualquier apelación por escrito recibida después del plazo de 20 días calendarios se considera tardía. Si presenta su apelación fuera de plazo, envíe un motivo detallado de su apelación tardía antes de la audiencia programada. La Unidad de Apelaciones le enviará un Aviso de audiencia con la fecha y hora para la misma. Al comienzo de la audiencia, la otra parte podrá oponerse a la apelación tardía. Durante la audiencia, deberá explicar detalladamente las razones por las que envió la apelación tarde (esto se denomina “demostrar una causa justificada”). Si el funcionario de la audiencia determina que usted no tiene una causa justificada para la apelación tardía, la audiencia será desestimada y la decisión original pasará a ser definitiva. No se programará una audiencia si su apelación se recibe con más de 180 días de retraso. En este caso la apelación será desestimada y la decisión del funcionario será definitiva.

Mantener la elegibilidad durante su apelación

Para mantener su elegibilidad para los beneficios por desempleo, siga buscando trabajo, haga la certificación semanal e informe los ingresos que haya tenido durante la semana por la que solicita los beneficios mientras su apelación esté pendiente. Si la apelación se resuelve a su favor, solo se le pagarán las semanas en las que haya cumplido estos requisitos.