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Mantener su elegibilidad para el seguro de desempleo

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Para recibir los pagos debe mantener su elegibilidad. Para mantener su elegibilidad y seguir recibiendo beneficios, deberá:

  • Solicitar el pago cada semana a partir del primer domingo después de la fecha efectiva de su reclamación.
  • Responder con honestidad cuando solicite el pago de beneficios.
  • Buscar trabajo activamente y llevar un registro de sus actividades de búsqueda de trabajo. 
  • Tener capacidad física y mental para trabajar.
  • Estar dispuesto a aceptar un trabajo adecuado.
  • Estar disponible para empezar a trabajar inmediatamente si se le ofrece un empleo.
  • Informar todas las horas que trabajó y los salarios brutos (antes de impuestos) que ganó cada vez que solicite el pago.
  • Inscribirse en su Centro local de fuerza laboral o en ConnectingColorado.gov durante la primera semana después de abrir su solicitud de beneficios de desempleo.
  • Ir a un Centro de fuerza laboral si recibe un aviso para participar en el Programa de Reempleo “RESEA”.

Debe cumplir cada una de las tareas enumeradas anteriormente para evitar posibles sobre pagos o una investigación por fraude.


Búsqueda de trabajo

Por cada semana que reciba beneficios del UI se le exige que busque trabajo activamente y complete las actividades de búsqueda de trabajo. Le recomendamos que haga al menos cinco actividades de búsqueda de trabajo a la semana. Si está atado a un sindicato o a un empleo, puede que no necesite buscar trabajo.

Algunos ejemplos de actividades de búsqueda de trabajo son:

  • Postularse o ir a una entrevista para trabajo para el que está calificado. 
  • Hacer un examen como parte del proceso de postulación a un trabajo para el que está calificado.
  • Participar en servicios de reempleo en un Centro estatal de fuerza laboral o en otro lugar donde se presten servicios similares, incluida la elaboración de currículos.

En nuestra página web encontrará una lista detallada de las actividades de búsqueda de trabajo.

Auditamos regularmente las reclamaciones del seguro de desempleo. Si le hacen una auditoría, deberá aportar pruebas de sus esfuerzos de búsqueda de trabajo. No completar las actividades de búsqueda de trabajo cada semana o no documentarlas con información verificable puede provocar la denegación de los beneficios y dar lugar a un sobrepago.


Solicitar el pago semanal e informar ingresos

  • Debe solicitar el pago CADA SEMANA.
  • Solicite sus pagos cada semana en línea a través de MyUI+ o por teléfono al 303-813-2800 o 1-888-550-2800 (fuera del área metropolitana de Denver).
  • Los pagos se efectuarán mediante depósito directo en su cuenta bancaria o en su tarjeta de débito de UI.
  • Solicite el pago solo por las semanas en que esté desempleado o haya trabajado menos de 32 horas.
  • Si trabaja mientras solicita los beneficios por desempleo, debe reportar cuánto dinero ha ganado. La cantidad que debe declarar son sus ingresos brutos (antes de impuestos), no sus ingresos netos.

Qué ingresos debe informar

Si tiene una reclamación abierta de beneficios por desempleo y trabaja algunas horas, es posible que se le conceda una parte de sus beneficios semanales, pero debe haber ganado menos del monto de su beneficio semanal y haber trabajado menos de 32 horas esa semana. La ley establece que puede ganar hasta el 50% del monto de su beneficio semanal y seguir recibiendo la totalidad de su beneficio. Después de esa cantidad, debemos reducir el pago de su beneficio en un dólar por cada dólar que gane. Exigimos que reporte el tiempo y los ingresos brutos de la semana en que se ganaron (no la semana en que se pagan).

Cualquier dinero recibido a cambio de trabajo o servicios, DEBE declararse como ingresos en su solicitud, aunque solo sea una hora trabajada o un dólar ganado. Las propinas deben declararse como salario. Asegúrese de que está reportando la semana que trabajó, no cuándo cobra.

Los pagos que debe declarar como ingresos o salarios de cualquier trabajo incluyen:

  • Trabajo a tiempo completo
  • Trabajo a tiempo parcial
  • Trabajo temporal
  • Trabajo por cuenta propia
  • Empleo militar
  • Empleo federal
  • Por comisión
  • Capacitaciones remuneradas
  • Como contratista independiente 1099
  • Trabajos por contrato
  • Trabajos en efectivo
  • Días libres remunerados (cuando había trabajo disponible)

Si comete un error al reportar sus ingresos, puede corregir esta información en MyUI+ o llamando al centro de pago de beneficios al 303-318-9035. No declarar con exactitud los salarios, ingresos u otros tipos de pago puede considerarse fraude y dar lugar a sanciones o a la denegación de los beneficios. 

Cómo y cuándo informar los ingresos

Cuando solicite el pago de beneficios, deberá reportar las horas que trabajó y los ingresos brutos (es decir, los ingresos antes de las retenciones fiscales, la manutención infantil, etc.) por cada semana que solicite el pago, por lo que es importante que lleve un registro de todas sus horas e ingresos.

  • Puede reportar sus horas en línea a través de MyUI+ o llamando a nuestro sistema automatizado al 303-813-2800 (llamada gratuita: 1-888-550-2800) o llamar al 303-536-5615 para asistencia con un operador en directo.
  • Reporte las horas y los ingresos de cada semana. Las semanas siempre van de domingo a sábado.
  • Reporte las horas y los ingresos de la semana en la que se trabajaron las horas, no cuándo se las pagaron.
  • Reporte la cantidad total que ganó, no su salario por hora.
  • Reporte las horas y los ingresos antes de cualquier retención o deducción.
  • Reporte todos sus ingresos procedentes de cualquier tipo de trabajo que haya realizado, incluyendo propinas, comisiones, orientación/capacitación remunerada, trabajo por cuenta propia, trabajo temporal, trabajo por temporada, por jornada y cualquier otro trabajo a medio tiempo.

  NOTA

No declarar correctamente sus horas e ingresos podría dar lugar a un sobrepago, el cual deberá devolver, además de posibles sanciones.

Empleo por cuenta propia

El empleo por cuenta propia se considera trabajo. Tendrá que declarar sus horas trabajadas y los beneficios o ganancias brutas por las horas trabajadas cada semana que solicite el pago (no cuando le paguen), así que asegúrese de llevar un registro de todas sus horas y ganancias. También debe mantener su elegibilidad cumpliendo todos los requisitos para que se le paguen los beneficios.

Ingresos por comisiones

Las comisiones se consideran ingresos. Tendrá que reportar sus horas trabajadas y estimar sus comisiones ganadas por cada semana que solicite el pago, así que asegúrese de llevar un registro de todas sus horas y comisiones. En lugar de esperar a que le paguen, le exigimos que reporte las comisiones estimadas a medida que se vayan ganando (cuando solicite el pago).

Cómo calcular los ingresos brutos

Tendrá que reportar sus horas trabajadas y la información sobre sus ingresos brutos (salario antes de cualquier retención como impuestos o manutención infantil) de cada semana por la que solicite el pago, así que asegúrese de llevar un registro de todas sus horas e ingresos.

Horas trabajadas durante la semana X Salario = Ingreso bruto

Por ejemplo, si trabajó 30 horas en una semana a $20 la hora, declararía $600 de ingreso bruto esa semana.


Tramitación de su solicitud

La tramitación de su solicitud puede tardar entre cuatro y seis semanas. Después de que envíe su solicitud, pedimos información sobre la separación laboral de su(s) empleador(es), evaluamos sus salarios anteriores y revisamos cualquier ingreso adicional. Una vez finalizado el trámite, empezará a recibir los pagos solicitados si cumple los requisitos. También recibirá un “Aviso de decisión” en el que se le explica si recibirá pago o no y la razo del porqué. Puede apelar cualquier decisión con la que no esté de acuerdo. Encontrará más información sobre las apelaciones en esta guía y en nuestra página web.

Mientras se tramita su solicitud

Durante el plazo que dura el trámite de su solicitud, es posible que se le envíen avisos relacionados con su solicitud. Las comunicaciones se le enviarán por correo electrónico o postal según usted indique su preferencia. La División recomienda el uso de correo electrónico, ya que está reconocido como el medio más rápido para la entrega de documentos. Verifique su correo electrónico o postal, y responda a cualquier solicitud de información antes de la fecha límite.

  ¡IMPORTANTE!

Debe solicitar el pago cada semana y cumplir todos los requisitos de elegibilidad, incluso mientras espera a que se trámite su solicitud. Debe hacer su primera solicitud de pago el Domingo inmediatamente después de la primera semana de su solicitud.

Reapertura de su solicitud

Si ha dejado de solicitar los pagos y necesita reabrir su solicitud, hágalo en MyUI+. Para evitar retrasos en su solicitud, debe reabrirla en cuanto deje de trabajar o cuando empiece a cumplir todos los requisitos de elegibilidad. Si ha intentado reabrir su solicitud por Internet pero necesita más ayuda, llame al centro de atención al cliente al 303-318-9000 o al 1-800-388-5515 (fuera del área metropolitana de Denver) durante el horario de atención al público.

Sobrepagos

Se produce un sobrepago cuando se pagan beneficios por desempleo y posteriormente se determina que no deberían haberse pagado (no se tiene derecho o no se cumple con los requisitos). Está obligado a reembolsar estos beneficios sea cual sea la causa del sobrepago.

Algunas de las causas habituales de sobre pagos son:

  • La decisión hecha por  un auditor, anula una adjudicación de beneficios previa.
  • Usted reporta información incorrectamente al solicitar el pago y esta se corrige posteriormente. 
  • Su empleador declaró incorrectamente los salarios del periodo base y los corrigió posteriormente.
  • Su reclamación se tramita incorrectamente y se corrige posteriormente.

Si no puede reembolsar todo el importe inmediatamente, póngase en contacto con nosotros al 303-318-9035 (área metropolitana de Denver) o al 1-877-464-4622 (fuera del área metropolitana de Denver) para preguntar si puede establecer un plan de reembolso.